Licencia turística Comunidad Valenciana

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      ¿QUÉ ES LA LICENCIA TURÍSTICA?

      Simplemente, es un documento o código, que acredita que un inmueble es apto para ser explotado turísticamente.

      Por ejemplo, sirve para que puedas alquilar legalmente tu vivienda de manera turística en plataformas como Airbnb, Booking, etc.

      ¿CÓMO SOLICITAR LICENCIA ALQUILER VACACIONAL EN LA COMUNIDAD VALENCIANA?

      Hay que señalar que es un trámite que requiere de certificados técnicos y mucha burocracia, por tanto, se hace necesario que lo haga un especialista.

      A continuación, te vamos a mostrar el procedimiento más óptimo, para poder conseguir la licencia de alquiler vacacional.

      1) Verificar si es posible obtener la licencia vacacional o turística

      Hay que tener en cuenta, que no es posible obtener la licencia turística en todas las viviendas o inmuebles de la Comunidad Valenciana. Por ello, es necesario comprobar estos parámetros, primeramente:

      A) Compatibilidad urbanística atendiendo al PGOU

      Comprobar inicialmente si la vivienda es compatible como vivienda turística con el PGOU (Plan General de Ordenación Urbanística) de cada ayuntamiento.

      Esto significa, ver si el ayuntamiento permite la obtención de licencia turística.

      B) Restricciones de la comunidad de vecinos con viviendas de alquiler vacacional

      Revisar los estatutos de la comunidad de vecinos donde se encuentra por si hubiera restricciones. ¿Pueden prohibirla? Ver más

      2) Obtener licencia segunda ocupación

      Uno de los requisitos fundamentales, para obtener la licencia de alquiler vacacional, es que el inmueble donde se vaya a desarrollar la actividad:

      • Sea habitable.
      • Disponga de un certificado técnico que lo acredite. 

      Es por ello necesario, para que te concedan la licencia, disponer de una cédula de habitabilidad o licencia segunda ocupación  en vigor. Es decir, que el certificado no tenga más de 10 años.

      ¿Necesitas obtener la licencia de segunda ocupación?

      3) Presentar el informe de compatibilidad urbanística en el ayuntamiento

      En tercer lugar, es necesario presentar un informe al ayuntamiento que acredite oficialmente que la vivienda tiene un uso compatible como alojamiento turístico.

      Para realizar este informe, será necesaria una serie de documentación técnica y administrativa. 

      Tras registro, el ayuntamiento resolverá en sentido positivo o negativo, mediante informe de compatibilidad urbanística.

      En pocas palabras, este certificado técnico es el permiso o reconocimiento oficial del ayuntamiento para que una vivienda pueda obtener licencia vacacional.

      4) Registro en GVA y obtención de licencia vivienda turística

      Por último, hay que hacer un registro en Turismo (GVA), donde se aporta toda la documentación junto con una declaración responsable de cumplimiento de la normativa correspondiente.

      El registro se puede hacer online mediante certificado digital.

      PRECIO LICENCIA TURÍSTICA COMUNIDAD VALENCIANA

      Hay que tener en cuenta que el precio de la licencia turística depende de cada ayuntamiento. 

      Es el organismo competente para conceder el informe de compatibilidad urbanística favorable. Es decir, algunos ayuntamientos exigen mayores requerimientos. En consecuencia, aumenta el coste de la licencia turística.

      Además, en cada municipio, las tasas que hay que pagar son diferentes. Pueden ir desde 0 hasta más de 200  €.

      Por otro lado, la licencia de segunda ocupación también es obligatoria. Dicha licencia también es diferente para cada municipio y conlleva el pago de tasas.

      En definitiva, el precio varía según el ayuntamiento, pero oscila, groso modo, entre los 300 y 600 €.

      REQUISITOS Y NORMATIVA LICENCIA VACACIONAL COMUNIDAD VALENCIANA

      De manera resumida, explicaremos los requisitos y normativa más actualizada respecto el alquiler turístico.

      Los 3 principales requisitos para OBTENER la licencia turística

      Requisitos para EXPLOTAR la licencia turística

      En cuanto a las obligaciones del propietario de una vivienda turística, groso modo:

      • Cumplirá los requisitos de clasificación exigibles a las viviendas de uso turístico. Por ejemplo, deberá disponer de indicadores de voltaje, plano de evacuación o listado de teléfonos de emergencia, entre otros.
      • La vivienda tendrá una placa turística con su número de registro.
      • Dispondrá de hojas de reclamaciones visibles.
      • Tendrá un listado – registro de los usuarios de la vivienda (libro de registro de viajeros).
      • Dispondrá de un seguro de hogar.

      Sin entrar en detalles técnicos, puedes consultar la normativa relacionada en los siguientes enlaces:

      ¿POR QUÉ NO PUEDO OBTENER LICENCIA TURÍSTICA?

      A partir del año 2018, la normativa dificulta y restringe la concesión de licencias turísticas. 

      Su origen fue el crecimiento descontrolado del alquiler vacacional.  Esto cambió el paradigma en la forma de ir de vacaciones. Causó descontento en el sector hotelero y sobre todo, en las comunidades y asociaciones de vecinos. Esta última quedó crispada por los perjuicios que daba esta actividad.  Por ejemplo, fiestas, ruidos, desechos, etc.

      Antes del 2018, la concesión y supervisión de las licencias turísticas era competencia exclusiva de las comunidades autónomas. Gracias a la nueva ley, para que hubiera un mayor control de estas licencias, ha pasado a ser competencia compartida con los municipios (ayuntamientos).

      Es decir, cada ayuntamiento se encarga de establecer los requisitos para obtener o restringir la licencia turística.

      En definitiva, nos es posible obtener licencias turísticas en todas las viviendas o inmuebles de la Comunidad Valenciana. 

      Pero para los propietarios que las obtuvieron antes del 2018, la Ley no es retroactiva. Es decir, actualmente dichas licencias pueden ser utilizadas e incluso pueden cambiar la titularidad.

      TIPOS DE LICENCIAS TURÍSTICAS

      A continuación, os comentamos las licencias turísticas más comunes:

      Viviendas turísticas

      En este primer tipo, son las más extendidas. Simplemente, se trata de un piso, adosado, bungalow o casa unifamiliar que está en suelo urbano y que haya obtenido la licencia turística.

      Licencia turística Locales

      En segundo lugar y no menos relevante, debido al crecimiento en los últimos años, cada vez más locales se hacen habitables y se legalizan, para luego obtener la licencia turística. 

      Este crecimiento se debe a que, en muchas ciudades, prácticamente, solo admiten licencias turísticas en bajos. 

      Además, las inversiones suelen ser más rentables que comprar directamente una vivienda.  

      DIC - Casas Rurales para alquiler turístico

      Viviendas que no están localizadas en suelo urbano y conllevan la necesidad de realizar un tipo de informe urbanístico, llamado DIC. El procedimiento técnico-administrativo es mucho más complicado que las anteriores y el precio se incrementa. Puede rondar los 1000  o 2000 €.

      Edificio de apartamentos turísticos

      Se trata de convertir la totalidad de viviendas de un edificio en alojamientos turísticos. De este modo, pasan a llamarse apartamentos turísticos.

      Además, es considerado como una actividad empresarial y tiene que contar con servicios turísticos, como tener una recepción.

      En pocas palabras, es como un hotel pero en vez de habitaciones, son viviendas.

      CAMBIO TITULAR O TRASPASO LICENCIA TURÍSTICA

      Si acabas de comprar un inmueble con licencia turística es muy conveniente que hagas el traspaso de titularidad.

       Ya que hasta el momento, se pueden realizar y no afectan la restricciones impuesta por los ayuntamientos.

      Descubre más información

      ALQUILER SIN LICENCIA TURÍSTICA

      Te enfrentarás a infracciones consideradas muy graves, si alquilas tu vivienda como alojamiento turístico, en los siguientes escenarios:

      • No te han concedido la licencia o no la has solicitado
      • No dispones de los documentos requeridos en la declaración responsable de actividad (falsedad documental). Por ejemplo, no dispones de la licencia de ocupación o cédula de habitabilidad en vigor.
      • No cumples con la normativa de protección y prevención de incendios, medidas de seguridad, o de sanidad e higiene, generando un grave riesgo para la integridad física o salud de las personas usuarias.

      ¿Cuál es el resultado de todo ello?

      • Multas económicas que oscilan hasta 600.000 €.
      • Clausura de la vivienda o cese de la actividad.

      CÓMO TRIBUTA ALQUILER TURÍSTICO

      En primer lugar, aconsejamos siempre que tengas alquiler turístico, contrates un asesor fiscal para que te gestione los impuestos.  De este modo, lo más seguro es que no tengas problemas fiscales y además, puedas conseguir pagar menos impuestos. 

      Además, es conveniente aclarar qué te encontrarás distintos puntos de vistas y metodologías entre profesionales. Ya que la ley fiscal no es clara frente a este asunto y existe mucha incertidumbre.

      A continuación mostramos los impuestos que te afectan al tener un inmueble de alquiler vacacional:

      Autónomo para licencia turística

      Esta es una pregunta común a la hora de empezar a alquilar tu vivienda de manera vacacional. 

      Debido a la gran incertidumbre sobre este tema, a nivel legislativo lo mejor que puedes hacer es consultar tu caso con un experto

      Pero lo más usual es que si alquilas tu casa de manera vacacional y no ofreces ningún tipo de servicio adicional, no hace falta que seas autónomo. 

      Para que lo entiendas, ¿Cuándo alquilas tu segunda vivienda de larga temporada eres autónomo? No, pues lo mismo ocurre, cuando lo alquilas por días. 

      En cuanto a servicio adicional, nos referimos a un servicio extra al alquiler de la casa. Por ejemplo, mientras estés alquilando la vivienda, ofrezcas servicio de limpieza, restauración u otros.  En este caso, tendrás que darte de alta como autónomo.

      IRPF

      Para los casos de alquiler de vivienda vacacional o cesión a una empresa para la gestión, lo tendrás que declarar en el IRPF, como capital inmobiliario. 

      Es decir, los impuestos los pagarás de manera anual, en la declaración de la renta. 

      Por otro lado, si ofreces además, servicios adicionales, será un rendimiento de actividades económicas y sí que serás autónomo.

      IVA

      En el caso que seas autónomo, el IVA depende del tipo alojamiento turístico que tengas:

      0 % o exento de IVA – cuando solo ofrecemos el alquiler turístico. 

      Como te hemos comentado antes, en este caso, no hace falta ser autónomo pero si vas a facturar, tiene que ser con el 0 %.

      10 % – cuando prestas servicios adicionales. Por ejemplo, servicio de comida, cambio de sábanas, etc.  Sí que es obligatorio ser autónomo y facturar. 

      21 % – Aquí tenemos los casos de empresas que gestionan el alquiler vacacional de viviendas. En estos casos, recomendamos si vas a ceder la vivienda a una empresa, que te explique bien su metodología y las obligaciones fiscales de ambas partes. También cuando alquilas a un empresario. 

      ITP

      También dependiendo de la comunidad autónoma y el tipo de alojamiento, será necesario tributar este impuesto. Aunque el importe a pagar es muy pequeño.

      HAZ CLIK PARA COMPRENDER LA TRIBUTACIÓN DEL ALQUILER TURÍSTICO

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